El primer paso será notificar la defunción al banco aportando el certificado de defunción.
El segundo paso es acreditar a los herederos. Con tal fin habrá que aportar la siguiente documentación:
- Certificado de últimas voluntades, el cual se obtendrá en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia. En él, podrá observar si la persona que ha fallecido legó testamento o no.
- Testamento o declaración de herederos.